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México D.F. a 9 de Marzo de 2010.
Estimado Afiliado:
La Cámara Nacional de la Industria del Vestido solicita atentamente a todos sus afiliados que, aquellos que deseen incluir en la lista de escaso abasto del TLCAN, alguna (s) tela (s) de los capítulos 51, 54, 55 y 60 de la TIGIE (51 ciertas lanas; 54 tafetanes, tejidos de fibras químicas; 55 gabardina, mezclilla, popelina, sarga ligera; 60 terciopelos, felpas y tejidos con bucles, telas para jersey), nos lo hagan saber para así, mediante sus propuestas poder seguir un proceso de cabildeo a nivel nacional y con Estados Unidos.
La cláusula de escaso abasto (short supply) en el TLCAN, permitiría a México importar insumos de fuera de la región (y conferir origen), cuando se demuestre que no hay una producción regional en cantidades oportunas y comerciales requeridas de dichos insumos.
La naturaleza de la lista de escaso abasto es que la fracción arancelaria de la tela que se solicite sea muy acotada y con detalles precisos, ya que no toda la fracción se incluye en la lista, solo una parte de ella, que se señale en las especificaciones del solicitante, por lo que de esta manera les pedimos las especialidades de las fracciones que requieran.
Los interesados en incluir alguna (s) tela (s) a la lista de escaso abasto del TLCAN, deberán enviar sus propuestas a más tardar el día 11 de marzo del presente, a la Lic. Ivonne Odette Pantoja, Coordinadora de Comercio Exterior e Información Económica, al teléfono 5588-7822 Ext. 161, o al correo opantoja@cniv.org.mx
ATENTAMENTE,
IVONNE ODETTE PANTOJA ISLAS
Coordinadora de Comercio Exterior e Información Económica
Mail: opantoja@cniv.org.mx